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INFORMACIÓN GENERAL

El 29 de mayo de 1997, el Parlamento Regional aprobó por unanimidad la Ley de Bibliotecas de Extremadura, una Ley integradora de toda nuestra infraestructura bibliotecaria que, de hecho, supone la configuración del Sistema Bibliotecario Extremeño.

La Biblioteca de Extremadura, creada mediante esta ley, tiene como objetivos prioritarios garantizar la accesibilidad a la información a la sociedad extremeña, no sólo de los documentos que en ella se encuentren sino de aquellos localizados en otras bibliotecas. Para ello, debe llevar a cabo la recogida, conservación y difusión del Patrimonio informativo de la Comunidad en cualquiera de sus formas y publicará la Bibliografía Regional (en curso y retrospectiva) y el Boletín del Depósito Legal de Extremadura.

La envergadura de todas sus funciones, detalladas en Capítulo II, artículo 7 de la Ley 6/1997, de 29 de mayo, de Bibliotecas de Extremadura, se desarrolla según Decreto 184/2000, de 25 de julio de estructura y funcionamiento de la Biblioteca de Extremadura (DOE nº 89 de 1 de agosto de 2000)

Ubicada en el antiguo Hospital Militar de Badajoz, en el marco de la Alcazaba de la ciudad, fue inaugurada por el presidente de la Junta de Extremadura el día 23 de abril de 2002.

Dado su carácter patrimonial, alberga importantes colecciones bibliográficas y no bibliográficas, relacionadas con nuestra región, configurándose como el centro de investigación más representativo de Extremadura. Destacan sus magníficos manuscritos y ejemplares únicos, raros y curiosos.

La Biblioteca de Extremadura desarrolla una intensa labor cultural en sus instalaciones, con exposiciones, conferencias, proyecciones, presentaciones literarias, congresos, conciertos, que la convierten en uno de los focos más importantes y dinámicos en el desarrollo cultural de la región extremeña.